Ante la falta de acuerdo entre sindicatos y empresarios, el Ejecutivo definió por Resolución 4/2026 una actualización mensual y escalonada del piso salarial y de la prestación por desempleo, alineada con el esquema de estabilización.
El Gobierno estableció un cronograma de aumentos mensuales para el Salario Mínimo, Vital y Móvil que rige desde septiembre de 2026 y se extiende hasta abril de 2027, según la Resolución 4/2026 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La norma alcanza también a la prestación por desempleo.
La decisión llegó después de que el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil no lograra un consenso en la sesión plenaria del 28 de agosto. Según el texto oficial, tras un extenso intercambio entre los representantes sindicales y empresariales «no se logró alcanzar un acuerdo». Frente a ese bloqueo, la presidente alterna del organismo, Claudia Silvana Testa, resolvió la actualización para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y los organismos del Estado que actúan como empleadores.
En lugar de un salto nominal de único impacto, el esquema apuesta a la previsibilidad: ocho tramos consecutivos que permiten a empleadores y trabajadores conocer con anticipación el valor del piso salarial mes a mes. El mínimo pasa de $376.600 en agosto a $383.800 en septiembre y llega a $437.000 en abril de 2027, una suba acumulada de $60.400 en ocho meses.
El detalle mensual es el siguiente:
- Septiembre 2026: $383.800 por mes y $1.919 la hora.
- Octubre 2026: $391.200 y $1.956.
- Noviembre 2026: $398.800 y $1.994.
- Diciembre 2026: $406.400 y $2.032.
- Enero 2027: $414.200 y $2.071.
- Febrero 2027: $422.000 y $2.110.
- Marzo 2027: $429.600 y $2.148.
- Abril 2027: $437.000 y $2.185.
El diseño responde a la lógica central del programa económico: la recuperación del poder adquisitivo se juega en la desaceleración de los precios, no en decretos nominales que la inflación licúa a los pocos meses. En esa clave se lee el dato que aportó el Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET), según el cual el salario mínimo real acumuló una caída del 40,5% entre noviembre de 2023 y julio pasado. Para la mirada oficial, revertir ese deterioro depende de consolidar el sendero descendente de la inflación antes que de aumentos por decreto sobre un universo acotado de la economía formal.
La resolución también reordenó la prestación por desempleo, que quedó fijada en el 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses previos al cese laboral. El beneficio no podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente, un criterio que ata el seguro a la evolución del propio piso salarial.





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